Nueva regulación del grado III+ de dependencia extrema en Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha aprobado una modificación de la normativa autonómica de dependencia para adaptarla a los recientes cambios introducidos a nivel estatal. Esta actualización supone un avance muy relevante para las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en fase avanzada y para otras personas con enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

La principal novedad es la creación del grado III+ de dependencia extrema, dirigido a personas que, teniendo reconocido el grado III de gran dependencia, presentan una situación de dependencia total para las actividades básicas de la vida diaria, así como necesidades de apoyo muy intensas, especialmente en el ámbito respiratorio y de la alimentación.

Prestación económica asociada al grado III+

Las personas reconocidas con grado III+ podrán acceder a una prestación económica específica, vinculada exclusivamente a la ayuda a domicilio y/o a la asistencia personal en el entorno domiciliario. Esta prestación no puede destinarse a servicios residenciales, centros de día ni otros recursos fuera del domicilio, reforzando así la atención personalizada en casa.

Las cuantías establecidas son significativamente superiores a las existentes hasta ahora:

  • Cuantía mínima mensual: 5.000 €
  • Cuantía máxima mensual: hasta 9.900 €

El importe concreto se determina en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria, pudiendo llegar la Administración autonómica a financiar el 100 % del coste cuando los ingresos son bajos, y garantizando en todo caso una cobertura mínima del gasto.

Fecha de efectos y requisitos

Para acceder al grado III+ es imprescindible tener previamente reconocido el grado III de dependencia. La prestación económica asociada tendrá efectos desde la fecha de solicitud del reconocimiento del grado III+ o, en caso de reconocimiento de oficio, desde la fecha de inicio del procedimiento.

Las personas con grado III+ que no utilicen esta prestación económica específica podrán acceder al resto de prestaciones del sistema, en las mismas condiciones que las personas con grado III, garantizando así la libertad de elección.

Situación de las personas con ELA que ya recibían cuidados intensivos

La norma contempla un régimen transitorio específico para las personas con ELA en fase avanzada que, a la entrada en vigor de esta orden, ya estuvieran recibiendo atención social de alta intensidad a través de programas específicos promovidos por la Administración autonómica.

En estos casos, se reconocerá el grado III+ de dependencia extrema y el derecho a la prestación económica en su cuantía máxima, cubriendo el 100 % de los gastos justificados, con posibilidad de reconocimiento de oficio.

Valoración del grado III+

El procedimiento de valoración del grado III+ se adapta a la complejidad de estas situaciones, estableciendo que el dictamen técnico sea emitido por dos profesionales especializados de los servicios sociales, con apoyo de la Dirección General competente en materia de dependencia cuando sea necesario.